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Ayuntamiento ha aprobado las bases definitivas de las subvenciones destinadas a personas trabajadoras autónomas y microempresas de hasta 10 personas. Estas medidas se enmarcan en las aprobadas en el Pleno, con una inversión total de tres millones de euros.
En concreto, el objetivo de estas subvenciones es contribuir a paliar el perjuicio económico que ha generado la COVID-19 y cuentan con un presupuesto de 1.000.000 de euros. Existe la posibilidad de incrementar esta cantidad si no hubiera fondos suficientes para todas las personas solicitantes.
PLAZOS
El plazo para solicitar las ayudas mencionadas anteriormente se abrirá el 10 de julio y se prolongará hasta el 7 de agosto.
Las solicitudes se deben realizar a través de sede electrónica (hhtps://galdakao.egoitzaelektronikoa.eus) y sólo se recibirán, excepcionalmente y con cita previa, en las dependencias del Ayuntamiento. El plazo para solicitar estas citas comenzará el 6 de julio.
El día 7 de julio, a partir de las 13:30 horas, se celebrará un acto en Torrezabal para explicar cómo hay que hacer las peticiones electrónicas.
Los detalles del proceso se publicarán el 9 de julio en la web municipal y, como queda recogido, el 10 de julio, viernes, se dará inicio al mismo.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Toda persona solicitante tiene derecho a una subvención de 1.000 euros, entre otros, si dispone de local en Galdakao y de 350 euros si no dispone de local.
Podrán solicitar subvención las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, comunidades de bienes, sociedades civiles y microempresas. Para acceder a la subvención se deberán cumplir los siguientes requisitos:
– Alta en la actividad económica antes del 14 de marzo de 2020.
– Afección por situación de alarma de gestión de crisis COVID19 (cese de actividad y/o facturación inferior al 75%).
– Tener su domicilio fiscal y el de la actividad, si la tuviera, en Galdakao y ejercer su actividad empresarial, profesional o artística en el municipio; o disponer de licencia de taxi expedida por el Ayuntamiento de Galdakao.
– Tener licencia de apertura del establecimiento, declaración responsable o licencia de taxi antes del 14 de marzo de 2020.
¿PARA QUÉ?
Los tipos de gasto que financia la subvención son los siguientes:
– Seguros.
– Aplicaciones informáticas para la promoción y desarrollo del teletrabajo o comercio electrónico.
– Equipos de protección individual y medidas higiénico-sanitarias.
– Combustible de los vehículos y gastos de mantenimiento (vehículos comerciales).
– Gastos de contabilidad y asesoramiento fiscal.
– Comunicación (Internet, teléfono, etc.) y suministro de energía eléctrica.
– Comercio – Alquiler del local.
– Manutención.
Estas subvenciones son incompatibles con las ayudas convocadas por Lanbide para las personas trabajadoras autónomas, es decir, los gastos de alquiler financiados por Lanbide no podrán financiarse con estas subvenciones.
Escrito por Mozoilo Irratia
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