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El Supremo anula el traspaso de la homologación de títulos extranjeros al País Vasco

todaymarzo 21, 2025

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El Tribunal Supremo ha anulado íntegramente el real decreto que transfería al Gobierno vasco las competencias sobre homologación y equivalencia de títulos universitarios extranjeros. Esta competencia había sido reclamada de manera insistente por el PNV, que la veía como una vía para paliar el déficit de sanitarios que existe también en el País Vasco y, de hecho, se recogía de manera específica en el pacto de investidura suscrito por jeltzales y PSOE en noviembre de 2023.

En concreto, en ese acuerdo se mencionaba un compromiso relativo al plazo para este traspaso, ligado al compromiso global de cumplir íntegramente el Estatuto de Gernika, y se señalaba que esta competencia, la de ferrocarriles y una tercera, ligada a los itinerarios de inclusión de inmigrantes, se acometerían en tres meses.

“Se traspasarán a la comunidad autónoma del País Vasco los medios para homologar y declarar la equivalencia de los títulos académicos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros. El acuerdo de traspaso establecerá los mecanismos de cooperación necesarios para garantizar por parte de los funcionarios autonómicos una aplicación homogénea de la normativa estatal aprobada en base al artículo 149.1.30 CE, así como para garantizar, en el caso de las profesiones tituladas, la igualdad, la libertad de circulación y establecimiento, y la libre prestación de servicios. Asimismo, se establecerán los puntos de conexión adecuados para el ejercicio de las funciones ejecutivas por parte de la comunidad autónoma”, se señalaba en el acuerdo.

Anulado cautelarmente desde julio

El traspaso no se acometió a los tres meses de la firma del acuerdo, aunque sí llegó finalmente en marzo del año pasado. Cuatro meses después, en julio, el Tribunal Supremo decretó la suspensión cautelar del traspaso.

Ahora, según ha informado el Supremo este viernes, su Sala de lo Contencioso Administrativo ha dictado dos sentencias que estiman los recursos interpuestos por la Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid y el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas contra el Real Decreto 366/2024.

El Supremo establece que la verificación para homologar títulos universitarios extranjeros debe ser “competencia exclusiva del Estado”, ya que requiere “comprobar la enseñanza gracias a la cual se han obtenido”, siguiendo la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional.

“No caben traspasos de funciones”

La resolución judicial determina que no caben traspasos de funciones y servicios a las comunidades autónomas “en los términos en que se ha efectuado por el Real Decreto 366/2024 y el Acuerdo que contiene”, al tratarse de una competencia ejecutiva estatal.

La Sala concluye que, si para el Tribunal Constitucional “la actividad administrativa de verificación de las condiciones de expedición de títulos profesionales asociados a enseñanzas universitarias ha de ser competencia exclusiva del Estado, por las mismas razones ha de serlo la consistente en verificar la procedencia de la homologación de títulos universitarios extranjeros, ya que requiere comprobar la enseñanza gracias a la cual se han obtenidos”.

Además de las dos sentencias ya dictadas, el Alto Tribunal tiene pendiente resolver otros cinco recursos presentados por distintas organizaciones profesionales contra este real decreto, entre ellas el Consejo Superior de Arquitectos y los Consejos Generales de Enfermería y Odontología.

Según señalan, esta decisión no contradice el Estatuto de autonomía vasco, que establece competencias en enseñanza, ya que el propio estatuto “salva expresamente las facultades que el artículo 149.1 atribuye al Estado”.

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El tribunal tampoco encuentra contradicción con la atribución a algunas comunidades autónomas de la competencia para homologar títulos no universitarios extranjeros, al entender que se trata de materias diferentes a las contempladas en el decreto anulado.



Escrito por Mozoilo Irratia

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