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todaydiciembre 13, 2024
Las elecciones municipales de 2015 otorgaron a Ciudadanos dos únicos concejales en el País Vasco, de manera que José Antonio Mateo, su edil en Laguardia (Álava) adquirió cierta notoriedad. Un año después de los comicios volvió a ser noticia por dimitir de su cargo y, poco después, fundar otro partido, Libres por Euskadi, que apoyaría al gobierno municipal. entonces en manos del PP. En octubre de 2018, finalmente, el foco volvería a señalar a Mateo, después de que denunciase que su obrador había sido quemado por radicales y atacado con pintadas amenazantes.
Ahora, seis años después de aquellos hechos, la Audiencia Provincial de Álava ha condenado a José Antonio Mateo a un año y dos meses de prisión por haber prendido fuego a su obrador para poder cobrar la indemnización de la póliza del seguro.
Este tribunal considera que de las pruebas practicadas en la vista oral se “concluye sin género de dudas que el acusado fue el autor del incendio provocado en el pabellón” donde estaba el obrador.
Asimismo, la Audiencia Provincial le considera responsable de las pintadas que se podían leer junto a su obrador, con términos como “Españoles hijos de puta”, “facha muérete pronto”, “facha muérete” e “hijo puta facha”.
El tribunal señala que realizó estas pintadas “para desviar la atención de la policía respecto a la autoría del incendio”, que imputó a radicales independentistas como si fuese un acto de kale borroka.
En su resolución, la Audiencia apunta al móvil de Mateo y recoge que “no atravesaba una buena situación económica, de manera que habría provocado el incendio “con la intención de cobrar del seguro lo que le pudiera corresponden”.
Tras el incendio, el acusado interpuso una denuncia falsa ante la Ertzaintza, alegando que había sido víctima de un ataque, y junto a su partido condenó los hechos con dureza. Sin embargo, la Audiencia de Álava considera que las pruebas recopiladas durante la investigación demostraron su responsabilidad en los hechos.
A la hora de fijar la condena, el tribunal estima la atenuante simple de dilaciones indebidas, ya que la tramitación de la causa estuvo paralizada por causas ajenas al procesado.
Además de la pena de cárcel, la Audiencia de Álava fija que el acusado indemnice con 92.844 euros al dueño del pabellón en el que estaba el obrador por los daños materiales causados. Esta sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
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Europa Press
Escrito por Mozoilo Irratia
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