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todaydiciembre 18, 2024
El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente, instructor del caso Koldo en este órgano judicial, ha dictado este miércoles un auto en el que acuerda elevar suplicatorio al Congreso de los Diputados para suspender la inmunidad del exministro y diputado José Luis Ábalos al haber encontrado contra él, de las diligencias practicadas hasta este momento, «indicios bastantes» de la posible comisión de, al menos, cuatro delitos: integración en organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación.
El juez entiende que «ha llegado un momento en el que la constancia de indicios cualificados» de la posible participación de Ábalos en los hechos hace imprescindible, para avanzar en el camino procesal, recabar la autorización de la Cámara prevista en la Constitución, que se cursará mediante exposición razonada remitida al presidente de la Sala de lo Penal del Supremo para que le confiera el trámite correspondiente.
Puente explica en su auto que a partir de las declaraciones tanto del exasesor de Ábalos, Koldo García, como del comisionista Víctor de Aldama, así como de documentos aportados por ellos y de la intervención de llamadas telefónicas y registros domiciliarios, «existen elementos bastantes para, siempre en los términos indiciarios que resultan propios de la fase procesal, considerar que el aforado pudiera, prevaliéndose de su condición de ministro de Transportes, y a cambio de determinados beneficios económicos que obtuvo por ello para sí, haber determinado la adjudicación de varios contratos de la Administración pública con empresas privadas» para la adquisición de material sanitario durante la pandemia.
Ábalos declaró la semana pasada de forma voluntaria ante el juez instructor del Supremo y descargó toda la responsabilidad en Koldo García. También dijo que no cobró comisiones ilegales de ninguna clase a cambio de la adjudicación de contratos de obra pública.
Sin embargo, el magistrado considera que de lo investigado hasta el momento hay indicios que Aldama habría aprovechado la «relación personal que le unía» al exministro y a Koldo García para obtener «información previa sobre las necesidades derivadas de la urgencia» de la pandemia de coronavirus para encontrar material de protección, «lo que le permitió articular una oferta para asegurar la adjudicación del contrato de suministro en favor de la empresa cuyos intereses promovía, Soluciones de Gestión S.L.». Y, según el juez, podría haber obtenido también, «antes y después, por un procedimiento semejante, otros contratos de empresas y particulares con la Administración pública y/o institucional».
«Los resultados obtenidos de la investigación permiten afirmar que el asesor del aforado —Ábalos— intervenía activamente en la contratación, gestionaba los contratos de adjudicaciones a las empresas y, al tiempo, realizaba operaciones para ocultar los cobros recibidos de la organización y en las que el aforado también intervenía, personalmente y utilizando los oficios de su asesor en el ministerio e, indiciariamente, disfrutando de los ilícitos beneficios económicos que tales actuaciones pudieran haberle generado», explica la resolución.
Aunque el auto recuerda que Ábalos negó haber recibido comisiones ilegales, también subraya que esto «no se aviene con los indicios» que obran en la causa y que «se concretan en diferentes documentos y declaraciones con las que se ha contado, hasta el momento, en el curso de la investigación realizada». Para el juez, de hecho, «aparece indiciariamente justificado» que Ábalos pudo «haberse beneficiado económicamente con el pago», por parte de Aldama o de personas interpuestas por este, «de los alquileres de la vivienda en la que residía quien fuera entonces la pareja sentimental» del exministro, la joven conocida como Jésica.
Según el instructor, Ábalos «también podría haber concertado, previa compra realizada por una empresa tercera a indicación de Aldama, el alquiler con opción a compra de un chalet en la costa«, y haber obtenido también del comisionista «un contrato de alquiler con opción de compra de un piso de unos 250 metros cuadrados en el Paseo de la Castellana de Madrid, contrato en el que se fijaba un precio de venta (750.000 euros), para el caso de que se ejercitara la opción, aparentemente muy inferior al de mercado».
Por todas estas razones, el magistrado remite exposición razonada al presidente de la Sala de lo Penal del Supremo para que curse el suplicatorio a la Presidencia del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, por el conducto de la presidenta del Tribunal Supremo. El proceso de suplicatorio pasa por comisión y luego por el Pleno de la Cámara Baja, por lo que se puede alargar varias semanas.
Escrito por Mozoilo Irratia
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